marcado CE en los productos de acero no aleado laminados en caliente
El 1 de septiembre de 2006 entrará en vigor de manera obligatoria el marcado CE de los productos de acero para su uso con carácter permanente en las obras de construcción. Ningún producto definido en la norma armonizada EN 10025:2004 podrá ser comercializado ni utilizado en todo el territorio de la Comunidad Económica Europea si no da evidencia de cumplimiento con dicha norma armonizada.
Esta norma afecta a los productos planos o largos laminados en caliente de acero no aleado: bobinas, chapas, perfiles, barras lisas o corrugadas, etc, excluyendo los productos largos huecos y los tubos. Para ampliar esta información, podéis visitar nuestra Sección de Calidad, sponsorizada por LLoyd´s Register.